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Amnistía histórica para indígena otomí: Poder Judicial del Estado de México ordena libertad de Tomás

febrero 17, 2026
Amnistía histórica para indígena otomí: Poder Judicial del Estado de México ordena libertad de Tomás

 

Toluca Estado de México, 17 de febrero.-En una sesión extraordinaria calificada como histórica, la Sala de Asuntos Indígenas del Poder Judicial del Estado de México declaró fundada y procedente la amnistía en favor de Tomás, indígena otomí sentenciado por homicidio calificado, al acreditarse violaciones graves a sus derechos humanos y al debido proceso durante su juicio.

La sesión fue encabezada por el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Héctor Macedo García, quien destacó la coordinación entre los tres poderes del Estado y subrayó que la Ley de Amnistía debe convertirse en una herramienta real de justicia social. “Más allá de lo que se pudo haber hecho antes, hoy estamos comprometidos a que esta ley sea una realidad para quienes más lo necesitan”, expresó.

La presidenta de la Sala de Asuntos Indígenas, magistrada Erika Isela Castillo Vega, condujo los trabajos en los que se analizó el dictamen emitido por la Comisión de Derechos Humanos estatal, dentro del expediente 3/2024, que documentó vulneraciones al derecho a la defensa adecuada, a la presunción de inocencia y al acceso a la justicia con perspectiva intercultural.

Durante la exposición del proyecto, la magistrada ponente detalló que Tomás, originario de la comunidad otomí de Temoaya y hablante de su lengua materna, no contó con intérprete ni con una defensa culturalmente pertinente durante el proceso penal tramitado bajo el sistema tradicional. La Comisión acreditó que, pese a su auto adscripción indígena, las autoridades no garantizaron su comprensión plena del proceso ni consideraron su contexto de pobreza, rezago educativo y discriminación estructural.

Los magistrados Arturo Márquez González, Eliseo Serrano Domínguez y María Rosana Briceño Alvarado coincidieron en que la Sala es competente para conocer del asunto y respaldaron el proyecto al estimar que se cumplieron los requisitos de la Ley de Amnistía: existencia de sentencia firme, no reincidencia y pronunciamiento formal de un organismo de derechos humanos que acreditara violaciones sustanciales.

Aunque el delito por el que fue condenado homicidio cometido con ventaja es de alto impacto, el colegiado determinó que se actualiza la excepción prevista en la ley cuando existe recomendación de un organismo defensor de derechos humanos que propone la libertad, y cuando se advierten transgresiones graves al debido proceso. Además, se informó que la reparación del daño material y moral, así como la multa impuesta, fueron cubiertas y declaradas extintas por el juez de ejecución.

Con votación unánime, la Sala ordenó extinguir la pena de prisión y disponer la inmediata libertad de Tomás, siempre que no se encuentre detenido por diverso delito.

En su mensaje final, el magistrado presidente Héctor Macedo García enfatizó que la amnistía no implica impunidad, sino la corrección de desigualdades profundas y fallas estructurales del sistema. Reconoció la participación de la Comisión de Derechos Humanos, de la Defensoría Pública y de las instituciones que intervinieron en el proceso, al tiempo que reiteró el compromiso del Poder Judicial con una justicia humanista y con enfoque intercultural.

Con esta resolución, el Poder Judicial mexiquense reafirma el criterio de que la amnistía puede operar como mecanismo excepcional para restituir derechos cuando el Estado falló en garantizar un juicio justo, particularmente tratándose de integrantes de pueblos y comunidades originarias.